Creadas las (ZOEDAN) Zonas Operativas de Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades.

Caracas 9 de Julio.- Recientemente el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores Justicia y Paz, emitió una resolución con número 117,  fechada el 25 de Junio del 2018, y publicada en la Gaceta Oficial de La República Bolivariana de Venezuela bajo el numero; 41.427.

En dicha resolución se establece la creación de las zonas operativas de evaluación de daños y análisis de necesidades (ZOEDAN)  de la Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de desastres, dentro de los espacios  geográficos de cada uno de  los estados que componen la división político territorial de La República Bolivariana de Venezuela.

Esta resolución tiene por objeto;  coordinar, articular, planificar, ejecutar y hacer el respectivo seguimiento de las políticas públicas de prevención y mitigación de riesgos y de atención a desastres de carácter civil, necesarias para garantizar la prestación  de los servicios en esta materia y dar respuesta efectiva a la población.

Las (ZOEDAN) son en total 24, correspondientes a cada uno de los Estados, más el distrito Capital.

Cada una de estas Zonas Operativas de Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades estará a cargo de un jefe o jefa, según sea el caso, que tendrá competencia en el ámbito material y territorial que le corresponda y el cual será designado por el Director o Directora Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres,  previa autorización del  Ministro con competencia en materia de seguridad ciudadana.

Dentro de las atribuciones que tendrán los Jefes y jefas de estas  zonas operativas, cabe destacar algunas como por ejemplo;  El establecer mecanismos de comunicación permanentes con el Gobierno Central,  la Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, Los Gobiernos regionales y locales, los órganos de Seguridad Ciudadana, La Milicia Bolivariana,  La Fuerza Armada Nacional Bolivariana, y El Poder popular Organizado, esto con la finalidad de permitir una mayor eficiencia, seguimiento y control en la ejecución de las políticas públicas de mitigación de riesgos y desastres de carácter civil.

Articular con los órganos, entes y empresas del estado, la ejecución de actividades relativas a su participación en las acciones de protección civil y administración de desastres.

Elaborar y mantener los inventarios de los recursos estatales y municipales que pudieran ser requeridos para las funciones de protección civil para la atención de eventos adversos.

Coordinar la implementación de proyectos académicos, técnicos y operativos, con miras a la capacitación y formación permanente de su personal.

Participar en el diseño de políticas de prevención, orientación y cooperación con la comunidad e instituciones, que coadyuden a la formación del Plan Nacional para la Protección civil y la administración de desastres.

Coordinar la realización de estudios técnicos con el objeto de localizar las potenciales amenazas ambientales.

Llevar el registro de las Asociaciones Civiles o Fundaciones, que operen como Grupos Voluntarios Especializados dentro del área asignada.

Velar por el cumplimiento del plan Nacional para la Protección Civil. En el marco de las atribuciones conferidas.

Para finalizar es importante señalar que esta resolución, entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de La República Bolivariana de Venezuela, la cual se realizó el día 26 de Junio del presente año.

GOH/rr.